Izquierda Unida, a través de su responsable federal de Organización y representante mancomunado de esta formación en la candidatura de Unidas Podemos ante la Junta Electoral Central (JEC), Ismael González, manifiesta su “amplia satisfacción” después de que este máximo órgano supervisor de los conflictos electorales haya estimado ahora en sus términos la práctica totalidad de las peticiones registradas la semana pasada por esta coalición para que se faciliten las condiciones del complicado voto de las personas españolas residentes en el extranjero para los comicios del 28A.
Tras la solicitud de Unidas Podemos, la JEC permite ‘de forma excepcional’ la votación a los/as españoles/as en el extranjero hasta las 20.00 horas del día 28 de abril en aquellos consulados y oficinas consulares habilitadas para el voto en urna, que deberán abrir también durante las jornadas del sábado 27 y del mismo domingo 28 para recibir tanto los votos remitidos por correo como los presenciales.
Ismael González destaca que “este importante reconocimiento recompensa en buena medida al trabajo serio y constante que venimos realizando desde hace meses para que se igualen en la práctica los derechos de las personas españolas en el exterior con quienes pueden votar en nuestro territorio”.
“Ahora -detalla- los cerca de 2.500.000 de españoles/as que están censados como residentes en el extranjero podrán participar en las elecciones generales del 28 de abril con más facilidad y garantías, aunque somos conscientes de las limitaciones que les sigue imponiendo el irracional procedimiento del ‘voto rogado’, que estamos decididos a eliminar la próxima legislatura”.
La Junta Electoral Central hizo público anoche tras su última reunión la admisión de las consideraciones que le expuso Unidas Podemos. Reconoce que concurren ‘circunstancias excepcionales’ que aconsejan la adopción de un plazo extraordinario, una vez que el plazo de depósito del voto en urna en los consulados debía concluir el viernes 26 de abril.
De esta forma, los consulados y oficinas consulares habilitados para el voto en urna deberán abrir los días 27 y 28 de abril a efectos de recibir ‘tanto los votos por correo remitidos hasta ese momento, como aquellos otros que puedan presentar los electores dentro de este plazo extraordinario’. Esta apertura no podrá extenderse más allá de la hora prevista para el cierre de los colegios electorales en la península, es decir, a las 20.00 h. del domingo, día 28.
En su resolución, la JEC indica que se considerarán únicamente válidos en el momento de proceder al escrutinio del voto de los electores inscritos en el CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes) los recibidos por correo dirigidos a las oficinas consulares en los que conste su envío no más tarde del sábado 27 de abril.
Establece también que desde la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares deberán tomarse ‘todas las medidas necesarias’ para procurar que los sobres con los votos de los electores puedan estar a disposición de Correos antes de las 16.00 horas del martes 30 de abril, ‘de manera que ésta pueda realizar la entrega a las respectivas Juntas Electorales Provinciales antes de las 8 de la mañana del miércoles 1 de mayo, para su escrutinio, conforme establece el artículo 75.10 de la LOREG’.
La JEC indica también que la Dirección General deberá remitir los originales de las actas expedidas por los funcionarios consulares a la Junta Electoral Central, así como una copia de dichas actas a las Juntas Electorales Provinciales, pudiendo hacerlo por correo electrónico.
Para acabar, el órgano supervisor de las citas electorales indica que los sobres depositados y recibidos por correo hasta el viernes 26 de abril, junto con el acta expedida por el funcionario consular, deberán ser remitidos ‘con la mayor celeridad posible’ a la oficina que a estos efectos se constituya en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Ésta, a su vez, procederá al envío ‘urgente’ a las correspondientes Juntas Electorales Provinciales.