El portavoz parlamentario de Izquierda Unida y secretario general del PCE, Enrique Santiago, ha tachado de “sorprendente” lo que considera una “más que notable permisividad por parte del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) con las declaraciones del presidente del Tribunal Superior de Castilla y León, no solamente por su contenido absolutamente imprudente, sino por ser contrarias a los valores democráticos y al ordenamiento constitucional”.
Santiago hace esta valoración tras conocer el contenido de la última resolución del máximo órgano de gobierno de los/as jueces/as que decide archivar y descarta definitivamente cualquier actuación disciplinaria sobre José Luis Concepción Rodríguez, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), José Luis Concepción Rodríguez, quien en una entrevista en junio del año pasado con el ‘Diario de Burgos’ comparó al PCE con los nazis.
El CGPJ desestima así definitivamente los recursos de alzada que registraron en su momento tanto la vocal de este órgano Concepción Sáez como el Foro de Abogados y Abogadas de Izquierdas-Red de Abogados y Abogadas Demócratas (FAI-RADE) contra la decisión previa en el mismo sentido tomada en julio, en la que se archivó la diligencia informativa abierta al polémico y locuaz magistrado por esas mismas declaraciones.
José Luis Concepción Rodríguez no solo había criticado públicamente la presencia en el Gobierno de coalición de ministros/as pertenecientes a formaciones distintas al PSOE, sino que tras la aclaración por parte del autor de la entrevista de que en todo caso eran partidos legales que se presenta con normalidad a las elecciones, el magistrado insistió en que ‘también el Partido Nacional Socialista llegó al poder por las urnas en Alemania en 1933, y no hay que recordar las consecuencias que acarreó su victoria’.
‘Se refieren a una situación genérica de posicionamiento político personal del entrevistado, escindible de su condición de presidente’, prosigue la resolución, donde se añade que lo dicho ‘no se subsumiría de manera clara, indubitada, precisa y suficiente’ en las conductas que definen el tipo de lo que es el límite del derecho a la libertad de expresión’.
Frente a ello, Enrique Santiago razona que manifestaciones de este tipo “desautorizan a este magistrado para desempeñar la representación del Poder Judicial en una comunidad autónoma. Además, ponen en cuestión la capacidad del actual Consejo General del Poder Judicial para garantizar de forma efectiva la neutralidad política de los jueces”.
“No solo se trata de un ejercicio más que imprudente del derecho a la libertad de expresión de la ideología política de José Luis Concepción -destaca el líder del PCE y dirigente federal de IU refiriéndose a la resolución que exime al magistrado de toda responsabilidad disciplinaria, sino que lo invalida para desempeñar una alta magistratura institucional no surgida de votación ciudadana directa”.
El CGPJ justifica en su texto que ‘lo manifestado en la entrevista no constituye una de las conductas que integran los tipos disciplinarios que actúan como límites a la libertad de expresión de un magistrado’, sino que se trata de expresiones que, a pesar de estar hechas en su condición de presidente de un tribunal superior de justicia, ‘no se realizan en el ejercicio de la potestad jurisdiccional’, ni ‘se vinculan a ninguna causa concreta y determinada’.
Enrique Santiago recuerda que estos insultos vertidos por José Luis Concepción suponen, además, “una reiteración de manifestaciones de este tipo en las falta al mínimo respeto exigible a un juez hacia todas las fuerzas políticas democráticas, incluyendo al Partido Comunista de España que, sin duda, es una de las que con más esfuerzo y sacrificio de su militancia luchó y lucha por una democracia plena en nuestro país”.
El secretario general del PCE se refería así a las declaraciones del mismo magistrado en abril de 2021 cuando aseguró que la democracia en España ‘se pone en solfa desde el momento en que el Partido Comunista está en el Gobierno’.
Los reiterados exabruptos y salidas de tono del magistrado solo han merecido hasta ahora algún leve tirón de orejas por parte del CGPJ, que incluso se recuerdan sin problemas en la resolución que le exime de cualquier responsabilidad. Así, el texto señala que ‘por otro lado, no está de más recordar el tenor del sentir mayoritario de la Comisión Permanente de fecha de 15 de mayo de 2020 sobre otras declaraciones y los límites del ejercicio de la libertad de expresión, así como las recomendaciones formuladas por el Presidente del CGPJ en la carta dirigida en mayo de 2020 al Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, y en la que se recordaba que los jueces debían caracterizarse por actitudes de mesura, prudencia y responsabilidad institucional en sus intervenciones, recordando los límites más estrictos de la libertad de expresión de Jueces y Magistrados’.
‘Las citadas manifestaciones expresadas por el Sr. José Luis Concepción -se añade en el texto-, por legítimas que sean en el ejercicio de su libertad de expresión política, y aunque haya matizado que las hace a título personal, situadas en un contexto estrictamente institucional, dificultan la necesaria credibilidad social y comunicación con la sociedad, máxime cuando en numerosas ocasiones en los últimos años, este Consejo General del Poder Judicial, ha tenido que condenar públicamente declaraciones y descalificaciones proferidas por distintos responsables políticos de distinta relevancia institucional, saliendo en defensa de la Independencia del Poder Judicial y del rigor y profesionalidad de la carrera judicial en el ejercicio de su función jurisdiccional, cuando éstas son puestas en tela de juicio desde la deslealtad institucional y sin fundamento alguno’.
Enrique Santiago muestra también su “sorpresa” ante “la contundencia y rapidez con la que desde el CGPJ se responde de continuo a las valoraciones que pueden realizar representantes de otros poderes del Estado, que no llevan implícito ni suponen insulto concreto alguno, y la manga ancha con la que se actúa en el caso de este magistrado”.