1.- Información
El Gobierno de España ha aprobado, a través del Real Decreto 463/2020 por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, la prestación extraordinaria por cese de actividad para autónomos y socios trabajadores de cooperativas.
a) Requisitos
- Que la actividad haya sido suspendida por el RD/463/2000
- Que la facturación se reduzca al menos en un 75% respecto al promedio del semestre anterior
- Estar afiliado y en alta en el RETA
b) Duración
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- Hasta el último día del mes en que finalice el Estado de Alarma
- El periodo en el que se percibe la prestación se considera cotizado
- Durante este periodo no hay que abonar las cuotas
c) Cuantía de la prestación
- 70% de la base reguladora (mínimo 661 €)
- 70% de la base mínima de cotización al RETA si no se acredita el periodo mínimo de cotización para tener derecho a la prestación
2.- Materiales de difusión