El Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, con su alcalde Pedro del Cura (Izquierda Unida) a la cabeza, y a través de la Empresa Municipal de la Vivienda (EMV), registró un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) contra la desestimación de su petición de nulidad de la sentencia del Tribunal Supremo que determinó que sean los clientes los que tienen que pagar el impuesto de las hipotecas.
De esta forma, el gobierno municipal de Rivas Vaciamadrid prosigue su reivindicación judicial contra el impuesto de actos jurídicos documentados o impuesto de las hipotecas. “Queremos que los fallos judiciales que han servido para Rivas sirvan también para el resto de la ciudadanía”, ha señalado Del Cura.
Tras un primer fallo a favor de la empresa municipal de Rivas y ante el revuelo que causó esa decisión, acompañado por fuertes presiones de las entidades bancarias así como mediáticas, el Tribunal Supremo ‘rectificó’ días después y decidió que sean los clientes quienes asuman el impuesto hipotecario.
La fundamentación jurídica del recurso recoge los argumentos expuestos previamente en el incidente de nulidad de actuaciones planteado contra las sentencias de 27 de noviembre de 2018 del Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo. Para Pedro del Cura, “el Alto Tribunal decidió entonces, sin apenas motivación jurídica, que fuese la gente y no los bancos quien pagase ese impuesto de las hipotecas”.
La Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas apela ahora a la vulneración de derechos fundamentales como la tutela judicial efectiva y las garantías procesales, que implicarían la nulidad de las sentencias del Supremo.
La defensa jurídica de Rivas Vaciamadrid señala que los fallos emitidos por el Tribunal Supremo “están provocando efectos expropiatorios sobre los intereses de la EMV”, dado que “convalidan la jurisprudencia anterior en nombre de la grave trascendencia económica que habrían provocado esas sentencias de octubre de 2018″.
El recurso interpuesto por Rivas Vaciamadrid ante el Constitucional estima que esos fallos suponen un cambio de valoración puramente arbitrario, carente de fundamentación suficiente y razonable.
Basándose en la interpretación que realiza el Real Decreto-Ley convalidado por el Congreso de los Diputados, se sostiene que el cambio de la jurisprudencia producida el año pasado “no fue en modo alguno irreflexivo o repentino” y que la jurisprudencia anterior, mantenida de un modo uniforme, era claramente contraria a la ley, desde un punto de vista de la interpretación histórica (precedentes legislativos), sistemática y sociológica.
El recurso, que desarrolla el criterio de trascendencia constitucional, incide en que las consecuencias de las sentencias contra las que se recurre en amparo, que reduce los efectos al caso cuya controversia solucionaba, “no despeja las dudas de una multitud de consumidores” a los que afecta el fallo del Supremo.
Pedro del Cura ha explicado públicamente que el Ayuntamiento que dirige decidió dar el paso de acudir al Constitucional una vez “acabada la pelea en el Tribunal Supremo” y tras ver como “la banca le dobló la mano” al Alto Tribunal.
Incidió en que ese último fallo ha dejado al Consistorio ripense en una “posición de indefensión”, por lo que Rivas decidió continuar con sus reclamaciones y “luchar por la retroactividad” para que sean las entidades bancarias las que paguen el impuesto hipotecario.
“Vamos al Constitucional con escepticismo después de lo que ha pasado -ha reconocido-, pero confiando en la justicia para dar la pelea hasta el final”, aunque ello suponga recurrir posteriormente a la justicia europea.