Izquierda Unida ha impulsado en el Grupo Plurinacional Sumar, a través de su portavoz parlamentario, Enrique Santiago, y del coordinador general de IU Andalucía y diputado, Toni Valero, una completa iniciativa para aclarar las aún vigentes irregularidades cometidas en el proceso de las miles de inmatriculaciones de bienes inmuebles realizadas por la Iglesia católica. Para ello, firman un texto registrado en el Congreso donde, entre otras cuestiones, reclaman a los responsables del Gobierno que especifiquen que dada la “inconstitucionalidad del procedimiento de inmatriculaciones al amparo de la Ley Hipotecaria, ¿cuándo piensa declarar nulas de pleno derecho estas inmatriculaciones”.
La iniciativa que firman Santiago y Valero, parlamentarios andaluces por Córdoba y Málaga, respectivamente, dedica un apartado especial a todo lo concerniente a la Mezquita-Catedral de Córdoba, sobre la que plantean el interrogante de cuándo se va a “restituir la legalidad conculcada, devolviéndola a dominio público” y “qué previsiones tiene el Gobierno para aprobar la modificación de la Ley de Patrimonio, que incluye especial protección y gestión a la categoría de Bien de Interés Cultural Mundial”, como ocurre en este caso.
Las sombras que rodean a esta oscura trama de inmatriculaciones de bienes se deben, en buena medida, a las modificaciones legales que impuso el Partido Popular en 1998, durante la etapa de Gobierno de José María Aznar. Entonces se amplió la potestad legal que ya arrastraba la Iglesia católica, a la que se dio vía libre, además, para registrar a su nombre templos de culto, lo que conllevó un incremento sustancial de inmatriculaciones a través de diversas entidades jurídicas asociadas.
Así fueron inmatriculados miles de bienes al amparo del artículo 205 de la Ley Hipotecaria. Esta previsión de autocertificación, sin presentar título de propiedad, se anuló con la entrada en vigor de la ley del 2015 que reconoce la inconstitucionalidad de la norma anterior. Desde entonces se exige a la Iglesia la misma carga documental ante el Registro de Propiedad que a cualquier otra entidad física o jurídica.
La iniciativa que ahora impulsa IU dentro del Grupo Plurinacional Sumar tiene muy en cuenta la exigencia ciudadana del derecho al conocimiento del estado de las inmatriculaciones, algo que demandan colectivos ciudadanos como ‘Recuperando’ o, en el caso cordobés, la ‘Plataforma Mezquita-Catedral’.
En este sentido, el anterior Gobierno de coalición publicó en febrero de 2021 un informe sobre los bienes inmatriculados de 1998-2015, pero que obvió el periodo desde la entrada en vigor de ley franquista de 1946 hasta 1998. Según este informe, se efectuaron un total de 34.961 inmatriculaciones en nombre de la Iglesia católica desde 1998 hasta 2015.
De ahí que la pregunta parlamentaria escrita plantee también la cuestión de “cuándo piensa el Gobierno publicar el listado completo de inmatriculaciones que abarca también el periodo de 1945-1998”.
En enero de 2022, el Gobierno y la Conferencia Episcopal dieron a conocer en un comunicado que la Iglesia reconocía el carácter irregular de las inmatriculaciones solo en 1.027 casos, con disposición a devolver exclusivamente estos bienes. En septiembre de ese mismo año, la Comisión Constitucional aprobó una proposición no de ley que insta al Gobierno a ‘seguir clarificando la situación jurídica de los bienes inmatriculados en posesión de la Iglesia, con el objetivo de remover los obstáculos existentes para su recuperación por sus legítimos propietarios’.
El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, en una sentencia de diciembre de 2016, declaró ‘arbitrario’ el procedimiento de la inmatriculación de una iglesia cisterciense por el Obispado de Palencia al otorgar privilegios a la Iglesia católica. El fallo establece jurisprudencia sobre las inmatriculaciones en general, ya que el procedimiento al amparo del artículo 205 de la Ley Hipotecaria constituye una flagrante violación de los derechos garantizados por la Convención Europea de los Derechos Humanos. Dicha sentencia condena al Estado español a una elevada indemnización, al considerarlo el responsable de la inmatriculación contraria al derecho europeo, al otorgar la autoridad fedataria indebidamente a la Iglesia católica.
En lo que atañe a la Mezquita-Catedral de Córdoba, considerada Patrimonio de la Humanidad desde 1984, la Iglesia decidió apropiarse en exclusiva este monumento de singular valor en 2006, a través de la inscripción realizada por el obispo cordobés Juan José Asenjo a nombre de la Diócesis de Córdoba.
En marzo del 2016, un informe del secretario del Ayuntamiento de Córdoba concluyó que ‘nadie puede adquirir su propiedad ni registrar su titularidad’ al ser un monumento fuera del alcance del comercio humano.
En septiembre de 2018, este mismo ayuntamiento hizo público un informe de expertos encargado por la institución a una comisión de expertos bajo el liderazgo de Federico Mayor Zaragoza, trabajo que de manera contundente constata que la Mezquita-Catedral nunca fue propiedad de la Iglesia e insta al Gobierno a actuar en consecuencia.
La iniciativa que firman y han registrado Enrique Santiago y Toni Valero se completa con las siguientes cuestiones que los responsables del Gobierno deben responder por escrito en las próximas semanas:
• ¿Cuándo piensa el Gobierno aplicar la sentencia del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, que declara “arbitrario” el procedimiento de inmatriculaciones realizadas por la Iglesia católica, y a establecer un procedimiento legislativo que permita restituir la legalidad conculcada?
• ¿Qué seguimiento ha hecho el Gobierno del Informe de Expertos publicado por el Ayuntamiento de Córdoba referente a la titularidad de la Mezquita, informe que le fue remitido desde el Ayuntamiento de Córdoba?
• ¿Qué medidas legislativas y ejecutivas tiene el Gobierno previsto para garantizar la conservación del carácter singular de la Mezquita de Córdoba, marcadamente andalusí, y garantizar el cumplimiento de los requisitos y directrices establecidas por la UNESCO que son la base de la declaración de Patrimonio de la Humanidad?
• ¿Qué medidas ejecutivas tiene previsto adoptar para garantizar la gestión compartida del monumento basada en las Directrices Prácticas de la Unesco para los bienes Patrimonio de la Humanidad?
• ¿Qué medidas prevé para asegurar el cumplimiento por parte de la Junta de Andalucía de sus competencias en materia de protección del patrimonio de un Bien Patrimonio Mundial, como es la Mezquita de Córdoba?