Explicación de las medidas
El Gobierno de Coalición ha anunciado tras la reunión del Consejo de Ministros del martes 31 de marzo un serie de nuevas medidas para ampliar el Escudo Social ante la crisis del COVID-19:
1.- VIVIENDA
- Se prohíben los cortes de suministros básicos (energía y agua) para cualquier ciudadano o ciudadana en su vivienda habitual y se amplía del bono social para personas que se hayan quedado en situación de vulnerabilidad
- Se suspenden los desahucios sin alternativa habitacional.
- Quedan prorrogados 6 meses los contratos de alquiler de vivienda habitual para evitar subidas abusivas.
- Se habilitan microcréditos al 0% de interés y con posibilidad de devolverse hasta en 6 años
- Una vez terminada la crisis, para aquellas personas que sigan en situación de vulnerabilidad (afectadas por ERTE, con reducciones de jornada, …) el Estado se hará cargo del pago de la deuda del alquiler hasta 900 euros al mes y 200 euros de gastos de suministros y/o mantenimiento.
- En el caso de grandes tenedores de viviendas en alquiler (8 viviendas o más) y fondos de inversión, si los inquilinos están en situación de vulnerabilidad deberán o bien realizar una quita del 50% del precio alquiler mientras dure el estado de alarma o bien realizar una reestructuración de la deuda en 2/3 años.
- Se amplía la moratoria de hipotecas ya en vigor a también los locales y las oficinas de trabajadoras y trabajadores autónomos que hayan sufrido las consecuencias de la emergencia sanitaria.
- Moratoria del pago de suministros para autónomos y pymes, pudiendo adaptar sus contratos a la nueva situación de consumo sin penalización alguna.
2.- EMPLEO
- Puesta en marcha de un subsidio extraordinario para trabajadoras y trabajadores temporales cuyo contrato terminó después de la declaración del estado de alarma y que no tengan derecho a acceder a otra prestación o subsidio. Este subsidio tendrá una duración de un mes (se prorrogará automáticamente de forma mensual hasta que se establezca su finalización) y tendrá una cuantía de unos 430 euros, cifra que corresponde al 80% del IPREM
- Creación de un subsidio de desempleo para empleadas y empleados de hogar que se quedan en el paro o que ven reducidas sus horas de trabajo. La cuantía de esta prestación será del 70% de la base reguladora y será compatible con otra actividad, por lo que la trabajadora o trabajador podría mantener algunos de sus trabajos.
3.- VIOLENCIA MACHISTA
- La atención a víctimas de violencia machista queda considerada como servicio esencial y se garantiza una alternativa habitacional segura para víctimas de violencia machista mediante hoteles si no hay disponibilidad en los servicios de acogida.
- También se declaran esenciales los servicios de acogida para víctimas de violencia machista, explotación sexual y/o trata con fines de explotación sexual (por ejemplo, centros de emergencia, centros de acogida o pisos tutelados) y el personal de los mismos será equipados con equipos de protección individual contra el COVID-19.
- Se garantiza el mantenimiento de los mecanismos de seguimiento telemático para el cumplimiento de las medidas cautelares y penas de prohibición de aproximación en materia de violencia de género
- Se habilitan mecanismos para que los ayuntamientos y CCAA puedan destinar los fondos del Pacto de Estado contra la violencia de género en la puesta en marcha de las estas medidas descritas.
4.- CONSUMO
- Aplicación de una moratoria de los créditos al consumo (tarjetas de crédito, financiación de compras, …) para consumidoras y consumidores en vulnerabilidad económica debido a la crisis (por ejemplo, afectadas o afectados por un ERTE o que hayan sufrido una reducción significativa de sus ingresos), así como a personas con menores tasas de ahorro y/o con una situación financiera delicada desde antes de la declaración del estado de alarma.
- En el caso de viajes combinados que no vayan a poder ser utilizados (esto es, packs de transporte, alojamiento y otros servicios como alquiler de vehículos), el cliente tiene derecho al reembolso del importe. Si el operador turístico / agencia de viajes acredita que las aerolíneas y/o los hoteles no le ofrecen la posibilidad de reembolso, podrán proporcionar un bono sustitutorio de la misma cuantía que el cliente podrá usar durante el transcurso de un año una vez termine el estado de alarma.
- Restricción de la publicidad de juegos de azar y casas de apuestas
- Prohibición de las promociones y bonos de captación o fidelización de clientes y de las menciones expresas a la situación de actual derivada del confinamiento por el estado de alarma.
- Prohibición en todo momento de la publicidad directa vía web, redes sociales, ediciones digitales de medios de comunicación, boletines por correo electrónico y mensajería instantánea por móvil o SMS.
- Prohibición de la publicidad en televisión y radio excepto en el tramo horario de 01:00 a 05:00 de la madrugada.
- Prohibición de la publicidad en plataformas de contenido de vídeos (por ejemplos, anuncios durante la emisión de vídeos en Youtube) excepto en el tramo horario de 01:00 a 05:00 de la madrugada.
- En el caso de servicios contratados que resulta imposible utilizar (por ejemplo, gimnasios, academias de idiomas o escuelas infantiles), la empresa podrá ofrecer una recuperación de los servicios una vez haya terminado el estado de alarma o, si el cliente lo prefiere, la devolución del dinero. Además, durante el estado de alarma las empresas no podrán cobrar nuevas cuotas ni cancelar el contrato.
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