CoronavirusMateriales de Difusión

Información sobre la prestación extraordinaria por cese de actividad para autónomos y socios trabajadores de cooperativas

 

1.- Información

 

El Gobierno de España ha aprobado, a través del Real Decreto 463/2020 por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, la prestación extraordinaria por cese de actividad para autónomos y socios trabajadores de cooperativas.

a) Requisitos

  • Que la actividad haya sido suspendida por el RD/463/2000
  • Que la facturación se reduzca al menos en un 75% respecto al promedio del semestre anterior
  • Estar afiliado y en alta en el RETA

b) Duración

    • Hasta el último día del mes en que finalice el Estado de Alarma
    • El periodo en el que se percibe la prestación se considera cotizado
    • Durante este periodo no hay que abonar las cuotas

c) Cuantía de la prestación

  • 70% de la base reguladora (mínimo 661 €)
  • 70% de la base mínima de cotización al RETA si no se acredita el periodo mínimo de cotización para tener derecho a la prestación

 


 

2.- Materiales de difusión

 

Medidas para trabajadoras autonómas y autónomos – Hoja completa horizontal con fondo rojo

 

Medidas para trabajadoras autonómas y autónomos – Hoja completa horizontal con fondo blanco

 

 

Medidas para trabajadoras autonómas y autónomos – Hoja resumida vertical con fondo rojo
Medidas para trabajadoras autonómas y autónomos – Hoja resumida vertical con fondo blanco

 

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